Herramientas gratuitas · 05

¿Puedo regularizar mi casa o terreno?

Si ocupas una propiedad como dueño hace años pero no tienes el título inscrito, el DL 2.695 permite obtenerlo en Bienes Nacionales. Revisa si cumples.

Gratis · 7 requisitos · Referencial
La propiedad
01
¿De quién es el terreno, según los papeles?
02
Avalúo fiscal
Es el valor que usa el SII para las contribuciones. Aparece en el certificado de avalúo fiscal.
$
03
¿Los deslindes están claros y los vecinos los reconocen?
Tu posesión
04
¿Cómo ocupas la propiedad?
05
Años que llevas ocupándola sin interrupción
06
¿Qué papeles tienes?
07
¿Hay un juicio pendiente sobre la propiedad?
Resultado referencial · 0 de 7 respuestas

Faltan 7 respuestas para darte un resultado.

PendienteFundamento: DL 2.695 y Ley 21.737
  • Sin respuesta: Falta responder: qué tipo de terreno es.
  • Sin respuesta: Falta responder: cómo ocupas la propiedad.
  • Sin respuesta: Falta responder: hace cuántos años la ocupas.
  • Sin respuesta: Falta responder: qué papeles tienes.
  • Sin respuesta: Falta responder: si hay un juicio pendiente.
  • Sin respuesta: Falta responder: el avalúo fiscal.
  • Sin respuesta: Falta responder: si los deslindes están claros.
Tope de avalúo fiscal este mes$72.151.000

1.000 UTM, igual para propiedades urbanas y rurales. El avalúo aparece en el certificado de avalúo fiscal del SII.

La carpeta para Bienes Nacionales

  • Formulario de solicitud y declaración jurada de cómo llegaste a la propiedad.
  • Declaración de vecinos colindantes que te reconozcan como poseedor.
  • Croquis de ubicación y certificado de informaciones previas de la municipalidad.
  • Certificados de litigios y de inscripción, del Conservador de Bienes Raíces.
  • Certificado de avalúo fiscal con superficie, del SII.
  • Pruebas de 5 años de posesión: cuentas de servicios, contribuciones, fotos y boletas de mejoras.

Costo y plazos

  • Bienes Nacionales cobra el trámite. Es gratis si estás en el 40% más vulnerable del Registro Social de Hogares y tiene rebaja hasta el 60%.
  • No exige abogado y se puede ingresar en línea con ClaveÚnica.
  • Se publican avisos y quien crea tener derechos sobre la propiedad puede oponerse durante 60 días hábiles. Si hay oposición, resuelve un tribunal.
  • Una vez inscrita, no puedes hipotecar la propiedad por 2 años ni venderla por 5.
Cómo se evalúa y qué normas se aplican

Decreto Ley 2.695 de 1979. La Ley 21.737, publicada el 21 de abril de 2025, dejó un solo tope de avalúo fiscal de 1.000 UTM para propiedades urbanas y rurales. Antes eran 380 y 800 UTM, cifras que todavía aparecen en muchas guías.

  • La posesión debe ser material, continua y exclusiva por 5 años, sin violencia ni clandestinidad.
  • Quedan fuera las propiedades fiscales, las tierras indígenas, las comunidades agrícolas y los terrenos de Isla de Pascua.
  • Bienes Nacionales verifica la posesión en terreno, publica avisos y, si nadie se opone, ordena inscribir la propiedad a tu nombre.

UTM de octubre de 2026: $72.151.

Lo que esta herramienta no ve

Loteos irregulares, herederos o copropietarios que también ocupan el terreno y gravámenes inscritos.

Aviso de alcance

Komiza Gestión orienta y tramita gestiones administrativas y patrimoniales. No es un estudio jurídico ni presta patrocinio judicial. Los casos que lo requieren se remiten a un abogado.

Estas herramientas aplican reglas generales con valores de octubre de 2026. Sirven para orientarte y no reemplazan la revisión de tus documentos.

Primer paso

La carpeta es lo que más demora.

En el diagnóstico revisamos tus papeles, vemos qué certificados faltan y dejamos lista la solicitud para Bienes Nacionales.

$25.000Diagnóstico inicial

Abonable al honorario si después contratas la gestión.

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